En el Recurso de Revisión presentado por la comisionada del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ITAIP), Edith Yolanda Jerónimo Osorio, promovido en contra de la Secretaría de Bienestar, Sustentabilidad y Cambio Climático (SBSCC), en el que un particular solicitó copia en versión electrónica de los montos de recursos ejercidos por el Programa de Monitoreo de la Calidad del Agua, del año 2018 al año 2024, desglosado por año y conceptos, el Sujeto Obligado, señaló que no se encontró información relacionada con la solicitud, por lo que el recurrente se inconformó.
Durante la sustanciación, el Sujeto Obligado requirió el pronunciamiento de diversas áreas de la Secretaría, y consecuentemente, declaró la inexistencia de la información, misma que fue confirmada por su Comité de Transparencia.
La comisionada expresó que aunque se llevó a cabo el procedimiento formal de inexistencia, este fue efectuado de manera incorrecta, pues no se explicaron las razones por las cuales no se encontró la información, es decir el mismo carece de fundamentación y motivación.
Aunado a lo anterior, se determinó que de acuerdo a la normatividad que rige al Sujeto Obligado, existe un área encargada de llevar a cabo el Programa de Monitoreo de la Calidad del Agua, misma que no fue requerida para emitir pronunciamiento, esta área se encuentra reglamentada en su estructura y se denomina Departamento de Monitoreo Ambiental.
En razón de lo expuesto, se revocó la actuación emitida por el Sujeto Obligado y se pide que se turne la solicitud al Departamento de Monitoreo Ambiental y a las demás áreas que se estimen competentes, las cuales deberán entregar la información o bien, de manera fundada y motivada, deberán explicar por qué no se ejercieron recursos para el Programa de Monitoreo de la Calidad del Agua, del año 2018 al año 2024.
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