Para obtener su registro como partido político local, la organización interesada en el mes de enero del año próximo podrá presentar para tal efecto su solicitud ante la Secretaría del Consejo Estatal del IEPCT.
Todas las organizaciones que en su momento, en términos de la ley, quieran participar para constituirse como partido político local, deberán de ceñirse a los tiempos y en términos de lo que establece la norma.
“Y a partir de enero, pues se estarían llevando a cabo las asambleas, los mecanismos para que vayan cumpliendo con los requisitos y de esa manera pues ver si alcanzan también el porcentaje en términos de que lo que desean participar, dependiendo del padrón y la lista nominal que se tenga en el caso particular”, aseguró el Secretario Ejecutivo, Jorge Alberto Zavala Frías.
Sobre cuánto necesita un nuevo partido para conformarse, el funcionario electoral dijo que va a depender mucho de la lista nominal que se tenga en ese momento.
Zavala Frías adelantó que en el IEPCT van a construir un material que esté disponible, para los interesados de conocer cuáles son estos requisitos, los tiempos, la normativa, por dónde deben de transitar.
“Para que se les pueda orientar de manera correcta, en términos de la obligación que tiene el Instituto Electoral de ser un facilitador en todos los sentidos para quienes en este caso decidan participar buscando un registro como partido político local”, destacó.
Aclaró que será un documento interno para todo aquel ciudadano u organización que desee ir y preguntar, porque el instituto será coadyuvante para orientarlos de manera puntual y concreta.
De acuerdo a la Ley Electoral de Partidos Políticos deberán acompañar las siguientes constancias:
- La declaración de principios.
- El programa de acción y los estatutos, aprobados por sus miembros.
- Las listas nominales de afiliados por municipio o por distrito.
- Actas de las asambleas celebradas en los distritos o municipios y de la asamblea estatal constitutiva.
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